28 enero, 2021
Desde el 15 de enero 2021 Argentina forma parte de la lista de países donde el aborto es legal. La Ley Nº 27.610 se encuentra en vigencia y establece que los servicios públicos de salud, obras sociales y empresas de medicina prepaga deben garantizar la cobertura integral y gratuita de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
De acuerdo a la Ley, una vez que la persona gestante solicita la IVE, la entidad prestadora de salud tiene 10 días corridos para cumplir con el procedimiento. No importa en qué ciudad o provincia del país se requiera, la Ley es nacional y rige para todo el territorio argentino.
Quiénes pueden acceder a la IVE
Cualquier persona con capacidad de gestar tiene derecho a decidir y acceder a interrumpir de manera voluntaria el embarazo:
- hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional.
- de la semana 15 en adelante en caso de que el embarazo fuere resultado de una violación. La persona gestante debe presentar una declaración jurada ante el personal de salud interviniente. En caso de menores de 13 años, la declaración jurada no será requerida.
- tampoco corre el límite de la semana 14 en casos en los que está en peligro la vida o la salud de la persona gestante.
Los pasos a seguir
La Ley establece que, antes de realizar la interrupción voluntaria del embarazo, la persona gestante debe expresar por escrito su consentimiento. Nadie puede hacerlo en su nombre.
En ningún caso se requiere una autorización judicial para acceder a la IVE, sea voluntaria o por causas manifiestas.
En los casos de violación, y cuando se trata de embarazos de 15 o más semanas, sólo se requiere una declaración jurada en la que se manifieste que la gesta es producto de una relación sexual no consentida. Tampoco en este caso se necesitan pruebas ni denuncia policial y/o judicial.
Alcances de la Ley
Además de garantizar la interrupción voluntaria del embarazo, los servicios de salud deben brindar:
- Información sobre el procedimiento y cuidados posteriores.
- Atención de salud durante todo el proceso.
- Información y provisión de métodos anticonceptivos.
La IVE está incluida en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el Programa Médico Obligatorio con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
Objeción de conciencia
La ley establece que el profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia con las condiciones que estipula la Ley.
Los médicos que rechazan hacer la práctica pueden expresar su objeción en forma privada en sus lugares de trabajo, al momento de su matriculación o en los registros de los colegios profesionales de las distintas jurisdicciones
Si un servicio de salud no cuenta con profesionales por ser todos/as objetores/as deberá prever y disponer la derivación a un efector que realice la prestación y asumir las gestiones y costos de esta derivación.
En caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, deberá realizar la interrupción voluntaria del embarazo.
La producción de misoprostol en el país
El misoprostol es considerado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como el fármaco más recomendado a la hora de practicar la IVE: por su baja mortalidad asociada y porque es fácil de conseguir, de conservar, de administrar y es más barato que otros métodos.
Sólo dos provincias producen misoprostol en el país: Santa Fe, ya está en condiciones de abastecer al sistema nacional de salud, y ahora también Río Negro, que se prepara para el abastecimiento provincial.
Mientras tanto, la provisión oficial del medicamento a nivel nacional se garantiza mediante la compra a laboratorios con un precio de mercado que ronda los $6.700 y que cuenta con el financiamiento del Fondo de Población de Naciones Unidas.
Desde la cartera nacional de Salud todavía no se ha podido establecer cuántas interrupciones voluntarias de embarazos se realizan, pero sí ha registrado un aumento de más del 50 % de consultas en las llamadas a la línea de atención telefónica tras la sanción de la Ley.
Dónde reclamar o pedir asesoramiento
Ante cualquier inconveniente, negativa o para pedir asesoramiento está a disposición el servicio telefónico 0800-222-72583 (SALUD) de lunes a viernes de 10 a 17. La llamada es sin cargo y el servicio confidencial.
Los reclamos por obras sociales y prepagas se realizan ante la Superintendencia de Servicios de Salud del Ministerio de Nación, mediante el formulario de reclamos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
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